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lunes, 16 de febrero de 2015

Discrepancia Fiscal

La primera clase de Legislación Fiscal I comenzó con dos preguntas:

-¿Cuántos de ustedes tienen tarjeta de débito?, todos los foráneos alzamos la mano en afirmación.

-¿A cuántos de ustedes les depositan en efectivo?, sólo uno de los que había levantado la mano anteriormente no la levanto esta vez.


A lo que la maestra Catalina Vernet nos aclaro que nos encontrábamos en Discrepancia Fiscal, ¿Suena de miedo no?, antes de ser una persona física o moral ya teníamos problemas asegurados con el SAT.

¿Por qué? al recibir depósitos en efectivo en nuestras respectivas cuentas no teníamos como aclarar de donde provenía o quien nos lo mandaba, por lo cual se daba por hecho que provenía de manera ilícita.

¿Cuál es la solución? Las transferencias en primera línea que pueden ser de padre a hijo, entre esposos y entre hermanos.

A todo esto, ¿qué es la famosa Discrepancia Fiscal? la Discrepancia Fiscal es la diferencia que pueda existir entre los ingresos declarados y los egresos reales que hagamos durante el período.

En español: A todo gasto se le presume un ingreso, si gastas más de lo que declaras en ingresos, estás en Discrepancia Fiscal.


¿Cómo se calcula?